No es nada extraño que hasta nuestra oficina de administradores de fincas en Las Palmas de Gran Canaria vengan vecinos de una comunidad que se están planteando destituir a su presidente. Se trata de una decisión que no se debe tomar a la ligera, puesto que puede acarrear consecuencias tanto de convivencia como económicas.
¿Qué es la remoción del cargo?
Es verdad que en muchos casos no se produce ninguna petición para el destituir del presidente, aunque así lo deseen los vecinos, ya que existe un código no escrito de no enemistarse con el resto de los habitantes del edificio. La remoción del cargo, que es como se conoce esta figura jurídica, es la posibilidad que se tiene de poder retirar la confianza del presidente de la comunidad cuando se cree que su conducta puede perjudicar o dañar el interés común de todos los comuneros.
Dicha remoción está contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal y no solamente se refiere al presidente. También puede referirse a cualquier órgano de gobierno de la comunidad, teniendo la opción de ejercitarse antes de que expire el mandato que generalmente es de un año desde que se produce el nombramiento. En resumen, es posible remover al presidente de una comunidad de vecinos. Eso sí, siempre se debe hacer mediante una junta extraordinaria y con punto expreso que haga referencia a ello en el orden del día, por lo que va a ser necesario que se convoque la junta previamente.